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![]() La Bancarrota bajo el Capítulo 7 elimina la mayoría de las deudas, aunque con varias excepciones. Las excepciones mas comunes son préstamos de estudiante, impuestos, manutención de hijos, multas civiles y multas criminales. A pesar de que generalmente los préstamos de estudiante no son eliminados, cuando se presentan casos graves, estos pueden ser descartados. La corte aplica una definición muy restrictiva de lo que es una privación extrema. Por otro lado, a pesar de que la regla general es que los deudas por impuestos no pueden ser eliminadas, estas pueden ser descartadas bajo ciertas circunstancias. Los pagos por manutención de hijos, penalizaciones civiles y criminales nunca son eliminadas por medio de la declaración de bancarrota. Un deudor que declara bancarrota bajo el Capítulo 7 puede conservar ciertos bienes, las cuales se definen como propiedad “exenta”. Cada estado puede aplica las leyes federales de exención, sus propias leyes de exención o una combinación de ambas. El estado de Nueva York utiliza sus propias leyes para determinar cuales bienes son exentos. Algunos de los recursos que pueden ser exentos son:
* Un matrimonio puede presentar su bancarrota juntos y duplicar las cantidades anteriores. La Bancarrota bajo el Capítulo 7 es una opción para individuos con un ingreso equivalente o menor al ingreso promedio del estado en el que el deudor reside. Para el año 2008, los ingresos promedio dentro de Nueva York son los que siguen:
Para hogares mas grandes de cuatro miembros, se deben agregar $6,900 por cada individuo adicional. Estas cantidades son modificadas cada año. Por favor haga click aquí para saber los ingresos promedio actuales de su estado. En el caso de que el ingreso de un deudor sea mayor que el ingreso promedio, se aplicará un examen de “bienes” para determinar si se permite la Bancarrota bajo el Capítulo 7 del Código de Bancarrota. Si el deudor reprueba el examen, la siguiente opción sería la Bancarrota bajo el Capítulo 13. El Código de Bancarrota requiere que un deudor que presenta su Bancarrota bajo el Capítulo 7 complete una asesoría de crédito y un curso de Manejo Personal de Finanzas. La asesoría de crédito y el curso educacional solo se pueden tomar en organizaciones aprobadas por la corte. Los cursos son proporcionados por medio de Internet o por teléfono. La asesoría de crédito se debe de lleva a cabo dentro de los 180 días (6 meses) previos a la solicitud de bancarrota. El curso de Manejo Personal de Finanzas debe completarse después de ingresar la petición de bancarrota. Se debe presentar a la corte un certificado de conclusión dentro de 45 días posteriores a la fecha en que se reunió con los acreedores. Si no se presenta este certificado a tiempo se rechazará la petición de bancarrota. Normalmente se lleva acabo solo una cita ante los Sìndicos del Consejo de Bancarrota, la cual es conocida como ¨la primera cita con acreedores”. Este nombre es un poco erróneo ya que a pesar de que se invitan a los acreedores, es muy raro que se presenten a la cita. Durante la cita el Síndico hace preguntas al deudor. El Sìndico del Consejo de Bancarrota es seleccionado por la corte y tiene la responsabilidad de asegurar que el deudor no hay cometido ningún fraude. Este Sìndico también debe encontrar bienes que no son exentos para beneficio de los acreedores. Una vez que haya echo todas sus preguntas y hayan sido respondidas satisfactoriamente, el Sìndico finalizará la cita. Si el Síndico del Consejo aún tiene mas preguntas, el o ella podrá solicitar una nueva cita. Si el deudor desea mantener alguna deuda, el o ella deberá firmar un acuerdo de reafirmación, declarando que el deudor continuará siendo responsable por la deuda. Por lo general se utilizan los acuerdos de reafirmación cuando el deudor desea conservar su hogar o automóvil. El acuerdo deberá ser firmado por el deudor, el acreedor y si el deudor es representado por un abogado, el/ella también lo deberá firmar. Dicho acuerdo debe presentarse ante la Corte de Bancarrota. Aproximadamente tres meses después de presentar la petición de bancarrota, la corte de Bancarrota emite un levantamiento de deudas. El levantamiento libera al deudor de la responsabilidad de pagar todas las deudas liquidables. Los acreedores tienen dos meses a partir de la primera cita con acreedores para presentar una objeción a la eliminación de la deuda. Las objeciones normalmente se hacen cuando el deudor ha echo un uso significativo del crédito poco antes de presentar la bancarrota. Si no se presenta una objeción antes del periodo de tiempo permitido, el acreedor nunca mas podrà presentar una objeción ante la eliminación de la deuda. De conformidad con las leyes de Nueva York, esta pagina de internet se considera como publicidad legal. Copyright © 2004-2008 por Jeffrey B. Peltz P.C. Se reservan todos los derechos. Se puede reproducir materiales disponibles en ese sitio para su uso propio y para distribución no-comercial. Todas las copias deben incluir esta declaración de derechos del autor. |
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